
Traiguén.- (Gabriel Díaz Morales) Traiguén. A mediados del año 2009, (15 de julio), este medio hizo saber a la opinión pública el eterno conflicto entre una familia domiciliada en calle Santa Cruz Nº 1301, dejando al descubierto una serie de anormalidades que han originado en los denunciantes un sin fin de trámites, donde las resoluciones y medidas para frenar este escandaloso caso, según los afectados debió haber terminado hace bastante tiempo, sin embargo los documentos que exhibe Mariela Inostroza en representación de la familia afectada, da para pensar que al parecer en Chile estamos acostumbrados a tener que soportar la tramitación burocrática de empresas estatales, sin que nadie intervenga con el peso necesario para poner termino a un problema que se viene arrastrando por años.
De que estamos hablando
El año 1995, la Empresa ESSAR (hoy Aguas Araucanía S.A.), instaló al costado sur poniente de su domicilio una planta elevadora de aguas servidas, sin establecer servidumbre. A partir del 2005 comenzaron los problemas, producto de continuos rebalses de las cámaras situadas en el lugar, pero como la vivienda se encontraba en arriendo sus moradores no hicieron nada por revertir todo esto, ignorando así sus dueños, los hechos ocurridos ya que jamás los pusieron en alerta de esta situación.
La intervención de la empresa Aguas Araucanía S.A.; Oficina de Acción Sanitaria de Traiguén; Gobernación Provincial de Malleco; Dirección General de Aguas (DGA); la Conama; Seremi de Salud Regional; Contraloría Regional de la República; y Concejo de Defensa del Estado, no han sido capaces de solucionar un conflicto, donde la parte con mayor responsabilidad a juicio de los afectados es la Empresa de Aguas Araucanía S.A., y en realidad no logran entender para que se han impuesto a los menos cinco sumarios administrativos imponiendo multas, se dispuso la reposición del cauce del río, la sanitización del sector afectado por la contaminación de aguas servidas, el levantamiento de un by pass que la empresa aludida instaló en la propiedad de los afectados con el fin de efectuar descargas en el río transgrediendo así todas las normas medio ambientales, y a la fecha nada de todo esto se ha cumplido, y lo que es peor el problema persiste. Por su parte las consultas y/o gestiones realizadas por la I. Municipalidad de Traiguén se encuentran congeladas sin adelanto alguno; mientras la Superintendencia de Servicios Sanitarios se ha encargado de fiscalizar continuamente la Planta Elevadora de Villa Florencia, perteneciente a Aguas Araucanía, lo que ha permitido que no se produzcan eventos y/o evacuaciones y rebalses de mayor magnitud en el sitio de los afectados.
Hostigamiento
La familia denunciante no logra entender cual es el propósito de la Empresa Aguas Araucanía S.A., de pretender expropiarles una franja de su propiedad (por donde pasa el acueducto del by pass) dividiéndola en tres, situación que la familia afectada se niega a aceptar, ya que de concretarse se verían impedidos de ingresar a su propia casa quedando inclusive sin patio, y sin entrada para vehículos, aludiendo además a que lo encuentran improcedente dado que la expropiación se presentó con posterioridad a la orden de retiro del by pass emitida por el Seremi de Salud Regional.
Pero ello no es todo, la sorpresiva visita de un empleado perteneciente a la empresa indicada los notificó que no estaban cancelando el servicio de aguas servidas, por lo tanto intervino para que se regularizara este hecho, una vez normalizado el pago, de nuevo este servicio no está siendo cobrado, y de seguro dicen los denunciantes que se hará efectivo cuando la suma sea más alta, cifra a la que le agregaran los respectivos intereses, señalando que no entienden porque está sucediendo todo esto, y lo vinculan como una medida de presión, de la cual están dispuestos a seguir sumando trámites en favor de una causa justa.
Restitución del cauce
Luego que la Dirección General de Aguas (DGA), el 10 de octubre de 2007, ordenara la reposición del cauce del río Traiguén, (sector Villa Florencia donde existe el by pass instalado por la Empresa Aguas Araucanía S.A.), y dispusiera un plazo de diez días para la ejecución de las obras, transcurrió bastante tiempo y nada se concretó, por lo tanto a comienzos del año 2009 de nuevo la familia afectada insistió para que se cumpliera lo dictaminado. A este respecto se conoció que la DGA le había dispuesto a la I. Municipalidad de Traiguén que interviniera, sin embargo el municipio local terminó dando respuesta que no contaba con los recursos y los medios adecuados para cumplir tal exigencia. Ante ello de nuevo la familia afectada se dirigió a la DGA. en busca de una solución, señalando que al no haber tenido una respuesta satisfactoria canalizaría su petición al Concejo de Defensa del Estado, y esta vez la DGA, respondió que en su nivel no se contemplaba la participación de este organismo, por lo consiguiente el caso no presenta avances y sigue a la fecha sin resolverse.
Retiro de by pass
El by pass perteneciente a la empresa Aguas Araucanía que ha generado toda esta situación de contaminación y evacuación de aguas servidas crudas al río Traiguén y al sitio de los afectados, tiene una orden de retiro del terreno de los denunciantes, por parte del Seremi de Salud desde hace ya dos años, sin embargo el Seremi de Salud Regional no se ha responsabilizado de que se de cumplimiento a las resoluciones dictadas por ellos mismos y ha hecho oídos sordos a las continuas denuncias, quejas, reclamos y solicitudes por escrito de fiscalizar estos incumplimientos, formuladas por la familia afectada; mostrando así la indolencia y poco profesionalismo con que abordan el tema en cuestión.
Contaminación
La contaminación de las aguas del río Traiguén, no es un tema nuevo para los denunciantes, agregando que en este último tiempo (comienzos del mes de octubre del 2009), hubo dos nuevas descargas, haciéndose presente en el lugar la Superintendencia de Servicios Sanitarios, quien luego de corroborar lo denunciado, comprometió a la Empresa denunciada a Sanitizar en el sitio de los afectados el lugar de las evacuaciones, para ello solicitó que interviniera la empresa Aguas Araucanía S.A., presentándose de nuevo con esta empresa dificultades ya que las personas que ejecutarían el trabajo se negaron a cumplir las exigencias impuestas por la familia Inostroza, quienes solicitaban la firma en un documento de ingreso a su propiedad y/o en su defecto firmara el desistimiento, de tal forma de contar con un documento de respaldo que avalara tal acción., nada de esto prosperó debido a la continua negativa de la empresa y finalmente, la empresa Aguas Araucanía S.A., optó simplemente por confeccionar una orden de trabajo sin los detalles que los responsabilizaran para realizar tal cometido, lo que a juicio de los afectados está dando claras luces que las empresa aludida está actuando a la defensiva, y deducen que en su accionar están siendo apoyados por profesionales con ingerencia en la materia, con el detrimento propio del caso para quienes por año han venido dando una dura lucha por lo que consideran sus justas aspiraciones, donde lo menos que podían esperar era que se les diera una formal y adecuada respuesta, y lo único que necesitan es que:
• Se retire el by pass instalado en su propiedad
• Se restituya el cauce del río, en su sector
• Se levante la demanda de expropiación sobre el acueducto en cuestión.
• Y de una buena vez se termine con al evacuación de las aguas servidas al río Traiguén
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