sábado, 9 de julio de 2011

Fiscalía no descarta recurrir de nulidad en juicio que absolvió a acusados de homicidio

Angol.- Ministerio Público denunció problemas con los jueces que se habrían negado a mantener la reserva de identidad de los testigos.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol dictó veredicto absolutorio en el juicio por el homicidio de Francisco Curamil Levicura, ocurrido la noche del 23 de octubre de 2009, al interior de la comunidad Pancho Curamil de Ercilla.
El fiscal del caso, César Schibar, no descartó recurrir de nulidad contra el fallo, en razón de que según denunció, la Fiscalía se vio impedida de rendir toda su prueba por la negativa de los jueces de brindarle medidas mínimas de protección a dos testigos al momento de declarar, como el uso de biombo o distorsionador de voz. Uno de ellos tenía incluso el carácter de testigo con identidad reservada.
"El Tribunal de Garantía de Collipulli, en su auto de apertura, dispuso la reserva de identidad de un testigo, por lo tanto en el Tribunal Oral solicitamos que se diese cumplimiento a esta resolución, lo cual no fue acogido. Por ende no se pudo presentar a ese testigo y en base a esa circunstancia se vio impedida la Fiscalía de acreditar la participación con todos los medios de prueba que ya habían sido examinados en la audiencia de preparación respectiva", explicó el persecutor.
El fiscal destacó asimismo que en veredicto absolutorio, los jueces Julio Sandoval, Germán Varas y Claudia Sánchez dieron por acreditada la existencia de un conflicto reivindicatorio de tierras entre las familias de la víctima y de los acusados y que horas antes de su muerte la víctima tuvo un altercado con un familiar de los acusados que lo amenazó de "enfrentarlo más tarde".
También dieron por establecido que esa noche los acusados concurrieron hasta el predio donde residía la víctima, que a lo menos cuatro de ellos se dirigieron hasta su domicilio, que Francisco Curamil salió de su casa a enfrentarlos y que su cadáver fue descubierto en un camino vecinal, aproximadamente a 280 metros de la casa. No obstante, en opinión de los jueces, de la prueba rendida no se desprende qué acción individual realizó cada uno en los hechos.
"A la luz del resultado, creemos que esta prueba que nos vimos en la necesidad imperiosa de retirar, para resguardar la integridad física y síquica de nuestros testigos, resultó crucial en el resultado", concluyó el fiscal.

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