sábado, 18 de julio de 2015
Intendente (s) de La Araucanía, José Montalva presentó querella criminal por fuga de reos de CET de Angol
-Ayer viernes presentó documento legal en el Tribunal de Garantía de Angol.Araucanía.- Rodrigo Zurita
Una querella criminal por “quebrantamiento de condena”, presentó el intendente subrogante y gobernador de la Provincia de Cautín, José Montalva, en contra de los dos internos de la cárcel de Angol que la madrugada de este jueves se escaparon del Centro de Estudios y Trabajo de Gendarmería, forzando los cierres perimetrales del lugar.
La autoridad llegó el día de ayer viernes, hasta las dependencias del Tribunal de Garantía de Angol, donde hizo entrega del documento, donde se identifica la querella en contra de Cristian Levinao Melinao y Héctor Moreno Muñoz, los infractores.
RESPONSABILIDADES
Montalva, tras hacer entrega del escrito y en su calidad de intendente subrogante, manifestó que este recurso legal “en el entendido que esta es una situación que se considera grave y a través del cual se busca perseguir las responsabilidades de las personas y que una vez que sean encontradas, se les extingan los beneficios producto de sus propios actos”.
Montalva enfatizó que pese a que ellos se encontraban con el beneficio de cumplir condena en un recinto semiabierto, no depende de la voluntad, sino que se encuentran cumpliendo una condena.
El intendente subrogante informó además que se instruyó, por parte de la propia Ministra de Justicia, un sumario para ver la situación en la cual se da este quebrantamiento de condena, para establecer responsabilidades y evitar que se vuelva a suceder.
QUERELLA
La querella criminal presentada por la autoridad regional es “en contra de todos aquellos quienes resulten responsables como autores, cómplices o encubridores del delito de quebrantamiento de condena, ilícito previsto en el artículo 90 del Código Penal y de cualquier otro ilícito que se determine durante el transcurso de la investigación en base a los argumentos de hecho y de derecho expuestos”.
Además establece que ambos prófugos evaden la seguridad especial del recinto, saliendo por una de las ventanas del recinto donde pernoctaban, para dirigirse a los cierres perimetrales los cuales son forzados con un elemento contundente.
INCUMPLIMIENTO
De igual forma, en el segundo párrafo se establece que el quebrantamiento de condena se verifica toda vez que los señores Levinao y Moreno se retiran del centro penitenciario sin contar con la debida autorización ni regresar posteriormente incumpliendo gravemente el régimen especial interno que corresponde al centro en espacio libre de Gendarmería de Chile, de tal forma que dejan de cumplir las actividades encomendadas por parte de Gendarmería y la obligación de pernoctar en el mismo centro, entendiendo todas estas actividades como los mecanismos idóneos de cumplimiento y de reinserción social.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario