domingo, 25 de enero de 2009

Cámara de Diputados aprobó proyecto de Ley de Turismo

Nacional. La iniciativa, aprobada por 91 votos, crea una nueva institucionalidad, compuesta por un Consejo de Ministros y una Subsecretaría de Turismo, en adición al Servicio Nacional de Turismo (Sernatur). El proyecto fue enviado al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional. El proyecto establece que el turismo constituye una actividad estratégica para el desarrollo del país, siendo prioritaria dentro de las políticas de Estado, cuyo objetivo es mejorar la organización del Ejecutivo en materia de turismo, con el fin de que éste pueda perfeccionar su intervención en áreas estratégicas para el desarrollo del sector.
Las implicancias directas del proyecto radican en un desarrollo económico en regiones, encadenamientos productivos que benefician a las empresas de menor tamaño, empleos de calidad, en un sector que a nivel mundial está creciendo sostenidamente y donde Chile tiene ventajas comparativas.
La Seremi de Economía, Jeannette Curaqueo, celebró el avance en este proyecto de ley, señalando, “En nuestra región el turismo es una actividad decisiva y se comprueba considerando que cada uno de los territorios del programa Chilemprende cu en la región cuenta con atractivas ofertas turísticas que potenciar. La importancia del rubro se ha demostrado, además, a través de su priorización como eje en el trabajo de la Agencia Regional de Desarrollo Productivo. Esta nueva institucionalidad nos permitirá avanzar de forma más rápida hacia nuestras metas regionales”.
Cabe destacar que el Gabinete económico regional, encabezado por la Seremi de Economía y que incluye a los servicios del Ministerio de Economía en la región, que son Sernac, Sernapesca, Sernatur, SEC, INE, Sercotec y CORFO, estará presente este año en los territorios, aportando información que apoye a los emprendimientos turísticos y contribuya a contar con oferta durante distintas épocas del año.
La iniciativa legal para la nueva institucionalidad del turismo en Chile tiene los siguientes contenidos esenciales:
Establece que la Institucionalidad Nacional de Turismo tendrá por propósito determinar los objetivos, acciones y prioridades que regirán al sector; y deberá considerar, para el desarrollo y promoción de la actividad, el rol de las regiones en el cumplimiento de los objetivos, acciones y prioridades fijados.
También se crea el Comité de Ministros del Turismo, el que estará integrado por el ministro de Economía, quien lo presidirá y será para todos los efectos, ministro de Turismo; y los ministros de Obras Públicas, Vivienda, Agricultura, Bienes Nacionales, el ministro Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y el ministro Presidente del Consejo de Cultura y las Artes.
El ministro de Economía, entre otras funciones, deberá velar por la coordinación en materia turística entre los ministerios, organismos y servicios públicos. El proyecto también crea una subsecretaría de Turismo en el ministerio de Economía, que entre otras materias deberá elaborar y proponer al Comité los planes, programas y proyectos para el fomento, promoción y desarrollo del turismo, y vigilar la elaboración y cumplimiento del Plan Anual de Acción del Servicio Nacional de Turismo.
La normativa regula además las zonas de interés turístico que se incluirán en los instrumentos de planificación, pues requerirán medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado.
Se establece que en el caso de la elaboración o modificación de Planes Reguladores Comunales y Límites Urbanos en zonas declaradas de Interés Turístico, se requerirá, previo a su discusión por el Concejo Comunal, de un informe del Servicio Nacional de Turismo.
En tanto, la modificación de los Planes Reguladores Intercomunales o Metropolitanos que involucre zonas declaradas de Interés Turístico, requerirá consulta al Servicio Nacional de Turismo por parte de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo.
Asimismo, las Zonas de Interés Turístico tendrán carácter prioritario para la ejecución de programas y proyectos públicos de fomento al desarrollo de esta actividad, como asimismo para la asignación de recursos destinados a obras de infraestructura y equipamiento necesarios.
Adicionalmente, el proyecto establece que sólo se podrán desarrollar actividades turísticas en Áreas Silvestres Protegidas de propiedad del Estado cuando sean compatibles con su objeto de protección, debiendo asegurarse la diversidad biológica, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental.
Por otra parte, se crea un Consejo Consultivo de Promoción Turística, encargado de asesorar y colaborar en la formulación de la Política Nacional de Promoción del Turismo.
En este organismo participarán, además del subsecretario de Turismo, que lo presidirá, el Director Nacional del Servicio Nacional de Turismo y de los directivos superiores de los organismos y servicios públicos relacionados con la materia, representantes de las asociaciones gremiales que representen los intereses de las empresas que desarrollan sus actividades en el sector.

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