viernes, 18 de enero de 2013
Condenan a cinco años de presidio con libertad vigilada a mujer acusada de infanticidio en Angol
Angol.- El pasado viernes 11 de enero al mediodía hubo lectura de una sentencia en el caso de un infanticidio, razón por la cual decidimos conversar con el fiscal Marcelo Herrera Valenzuela para conocer detalles de lo que se trató y que es lo que se determinó en el tribunal.
Al respecto, el fiscal señaló que el día viernes pasado se leyó en el tribunal oral en lo penal de Angol una sentencia en la cual se condenaba a una persona como autora del delito de infanticidio a quien se le condenó a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo y se le concedió el beneficio de libertad vigilada.
Recordando un poco en que consistió la investigación que se llevó adelante, Herrera detalló que el juicio tuvo por objeto investigar un hecho ocurrido en la madrugada del 26 de junio del 2012 en la cual una persona tuvo un parto domiciliario y al llegar el SAMU al lugar conjuntamente con Carabineros, constataron que la menor recién nacida se encontraba fallecida.
La autopsia arrojó que la causa de muerte fue producto de una fractura del cráneo en ambos parietales y que fue causada por compresión de gran intensidad en el cráneo de la menor.
El análisis también determinó que la acción causante de la muerte fue necesariamente de tipo dolosa, es decir, que fue atribuible a terceras personas y la investigación arrojó, según el entender de la fiscalía, que la imputada en este caso era la madre y eso se corroboró justamente en el juicio oral que se llevó a cabo el pasado lunes 07 de enero y que cuya sentencia se leyó el viernes 11 del presente mes.
Consultado respecto a si la detenida reconoció los hechos finalmente o si por el contrario negó su participación en el hecho, el fiscal precisó que ella solamente reconoce una parte de los hechos, ya que lo que ella argumentó a través de su defensa fue al parecer una especie de bloqueo mental ya que no recordaría nada de lo que pasó hasta después del parto.
“Ese padecimiento fue ratificado por la sicóloga que declaró por parte de la defensa, una sicóloga que trabaja en gendarmería y que justamente atendió a la imputada cuando se encontraba en prisión preventiva y esta sicóloga habría ratificado que justamente la imputada no puede recordar hasta cierto minuto después de ocurrido el parto, por lo tanto, hasta lo que ella pudo recordar lo declaró de esa forma y el tribunal estimó que esa declaración era mecedora de una colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos, razón por la cual en definitiva también le tocó el beneficio de la libertad vigilada”, detalló.
Cabe señalar que la fiscalía estaba pidiendo siete años de cárcel, ya que según acotó el fiscal, hasta el nuevo antecedente, el cual no apareció hasta antes del juicio el tema del bloqueo mental eventualmente de la imputada y el fiscal indicó que no reconoció en la acusación la atenuante de la colaboración.
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