Traiguén.- (Miguel Henríquez A. Periodista) Con el objetivo de establecer medidas que fijen reglamentos referidos a la protección y tenencia de animales domésticos en nuestra comuna, la Municipalidad de Traiguén desarrolló una ordenanza municipal, cuyo fin es el de regular la problemática de animales abandonados en la ciudad. En su diseño se tomó en cuenta ordenanzas similares existentes en otras comunas de La Araucanía, las que permitieron establecer las primeras líneas de esta urgente necesidad.
La iniciativa fija normas básicas para el control canino y establece las obligaciones a que estarán afectos los propietarios y responsables a cualquier título de su cuidado, evitando accidentes por mordeduras, promover la higiene pública, transmisión de enfermedades zoonóticas y optimizar el control de los caninos y otros animales domésticos en Traiguén.
Inquietud
La idea de crear una ordenanza al respecto comenzó a gestarse a mediados de 2009, cuando el alcalde de la comuna, Rigoberto Osses, supo de la inquietud de los jóvenes integrantes de la agrupación cultural “Creacción” y otros profesionales de la comuna por el tema de las mascotas que deambulaban por las calles de la ciudad. Desde entonces comenzaron a llevarse a cabo las reuniones que finalizaron con la constitución de la organización comunitaria denomina “PROATRA” (Protección de Animales de Traiguén). Esta organización, constituida el pasado 7 de junio, está compuesta por 17 personas, siendo presidida por Gerardo Moreno Vivanco, profesor de biología.
“Queremos que esta ordenanza sea operativa. Además nos interesa que los integrantes de la agrupación sientan un verdadero compromiso por todo tipo de animales desamparados” explicó Moreno, agregando la importancia de educar a los vecinos en lo que se refiere a la tenencia responsable de sus mascotas. Finalmente, el docente dijo sentir confianza en el apoyo que van a entregar las autoridades en esta tarea, la que exige el compromiso mutuo.
Aspectos Importantes
1. Actos Sancionables. A modo de ejemplo:
a. Matar a los animales o someterlos a prácticas que puedan producir padecimiento o daño;
b Abandonarlos o mantenerlos, sin cuidado ni alimentación, en viviendas cerradas o deshabitadas, jardines, vía pública, sitios eriazos y otros;
c. Mantenerlos permanentemente atados o inmovilizados, mediante métodos o dispositivos que les causen sufrimiento o daño;
d. Sacrificar a un animal mediante métodos que le cause dolor o sufrimiento;
e. Tenencia y circulación de animales considerados peligrosos sin las medidas de protección.
2. Se establece acción pública. Cualquier persona podrá denunciar alguna de las conductas sancionadas por la Ordenanza.
3. ¿Ante quién denunciar? Ante la Municipalidad de Traiguén, la 3ª Comisaría de Carabineros, Juzgado de Policía Local y Autoridad Sanitaria.
4.¿Quién Sanciona? El Juzgado de Policía Local, podrá imponer multas desde _ a 5 UTM.
5. ¿Quién fiscalizará el cumplimiento de esta Ordenanza? Los Inspectores Municipales y la 3ª Comisaría de Carabineros.
Quienes deseen mayor información al respecto deben dirigirse hasta el departamento jurídico de la Municipalidad de Traiguén y solicitar el documento que detalla esta ordenanza.
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