Araucanía.-Código de Conducta Responsable para Tierras Indígenas y Áreas de Desarrollo Indígena.
Se trata de un conjunto de reglas que definen los estándares de una gestión responsable de proyectos de inversión que se localicen en tierras y Áreas de Desarrollo Indígenas (ADIs).
Su contenido se encuentra en elaboración y consulta y permitirá respetar los derechos indígenas contenidos en el Convenio 169 de la OIT y dar certidumbre a las inversiones privadas.
El Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas, Rodrigo Egaña Baraona, relevó como “muy positiva” la discusión que se ha suscitado en estos días en torno al borrador del “Código de Conducta Responsable para inversiones en tierras indígenas y Áreas de Desarrollo Indígena” que el Gobierno ha presentado a distintos actores y estamentos de la sociedad para recibir sus aportes y observaciones.
En efecto, Egaña informó que se han realizado encuentros con representantes gubernamentales, de la empresa privada, de centros de pensamiento, de las universidades, y con dirigentes indígenas del norte y sur del país. “El objetivo de ello es presentar el borrador y las ideas generales que hemos esbozado para recoger sus inquietudes, observaciones y propuestas”, agregó.
“Si no aprobamos normas y reglamentamos para aplicar el Convenio 169 el riesgo es que los derechos de los pueblos indígenas no estén suficientemente garantizados según la norma exigible por el propio Convenio 169, y esto podría traducirse en conflictos de distinta naturaleza entre actores públicos y privados”, señaló el Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas, quien se encuentra coordinando este proceso.
¿En qué consiste el Código de Conducta Responsable?
Egaña informó que la propuesta de Código de Conducta Responsable corresponde a un conjunto de reglas que definen los estándares mínimos de una gestión responsable de proyectos de inversión que se localicen en tierras y Áreas de Desarrollo Indígenas.
Las normas del Código se refieren a los derechos indígenas que se busca proteger y a los procesos bajo los cuales el proyecto se diseña e implementa, el mismo que debe considerar la participación de las comunidades, bajo el principio del respeto mutuo y la buena fe.
El Código supone un proceso de certificación de cumplimiento. Para que una inversión pueda certificarse los titulares de los proyectos deberán demostrar que cuentan con un adecuado plan de manejo de los impactos económicos, sociales y culturales en las comunidades indígenas afectadas, agregó el Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas.
Del mismo modo, se establece un procedimiento especial para desarrollar los procesos de Consulta, de conformidad a lo establecido en el Convenio Nº 169 de la OIT.
Los estándares mínimos que deben cumplir los proyectos de inversión están definidos por nueve ámbitos de protección, que son:
• Tierras, territorios y recursos naturales.
• Patrimonio cultural material e inmaterial.
• Protección de los recursos genéticos y los conocimientos y prácticas asociadas.
• Salud y seguridad de la comunidad.
• Educación.
• Trabajo y condiciones laborales.
• Participación.
• Participación en los beneficios.
• Transparencia y prevención de la corrupción.
Los proyectos que cumplan con esos estándares serán certificados por un Consejo Nacional de Certificación autónomo con independencia del Gobierno en la adopción de sus decisiones y dotada de facultades y recursos efectivos para el desempeño de sus funciones. El Consejo tendría seis integrantes y un presidente, provenientes de distintos estamentos de la sociedad, finalizó la autoridad.
Itinerario del Código de Conducta Responsable
Después del proceso de ponderación e incorporación de observaciones al Código que está desarrollando el Comisionado Presidencial, y como manda el Convenio 169 de la OIT que entrará en vigencia en septiembre próximo, se procederá a una Consulta Nacional Indígena.
Luego, se presentará al Consejo de la CONADI y al Consejo Ministerial para Asuntos Indígenas, el cual deberá entregar una propuesta a la Presidenta de la República quien, si así estima conveniente, emitirá un Instructivo Presidencial.
En una primera instancia el Instructivo será obligatorio para la inversión pública y voluntario para la inversión privada y, luego de que se apruebe una Ley sobre este tema, se establecerá un sistema obligatorio para todos. Algo similar al proceso que se desarrolló para aprobar la legislación ambiental.
Ver más información y fotografías en:
www.conadi.gov.cl
(045) 207529 – 207575
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