Victoria.- No es la primera vez que la municipalidad realiza un llamado y una invitación para que los vecinos cooperen con el cuidado y aseo de nuestra comuna. No obstante, les invitamos a recordar algunos puntos de interés de la Ordenanza Municipal de Aseo emitida el 20 de noviembre del año 1995.
Artículo 2º : Se prohíbe botar papeles, basuras de cualquier tipo en general, toda clase de objetos y desechos sólidos en la vía publica, parques, jardines, cauces naturales y artificiales, sumideros, acequias, esteros, canales, lagunas y en cualquier depósito natural o artificial de aguas corrientes o estancadas de la comuna de Victoria.
Artículo 5º: Queda prohibido botar escombros, basuras de cualquier tipo u otros materiales en los bienes nacionales de uso público, los cuales solo podrán depositarse temporalmente en la vía pública, previo permiso municipal.
Artículo 6º: Los vecinos estarán obligados a mantener permanentemente aseadas las veredas, bandejones y aceras, en todo el frente de los predios que ocupan a cualquier título, incluyendo los espacios de tierra y jardines, barriéndolos diariamente, limpiándolos, cortando pastizales y lavándolos si fuera necesario.
Artículo 40º: en general las infracciones a la presente ordenanza serán sancionadas con una multa que va desde 0.5 UTM hasta 5 UTM como máximo, atendiendo a la gravedad, permanencia en el hecho y el haber o no reincidencia.
Vecino, si desea botar basura por sus propios medios, siempre ha estado abierta la posibilidad de hacerlo en el vertedero municipal, sin costo alguno.
Si las disposiciones son tan claras y datan de hace tanto tiempo atrás, cuesta entender el porqué a muchos les cuesta tanto respetarlas.
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