- Criterios básicos para el registro de candidaturas ciudadanas
Junto a la reforma al 116 constitucional que esperamos se produzca para echar abajo el monopolio partidista para registrar candidaturas a cargos de elección popular, la Asociación Por Un País Mejor demanda la revisión del Cofipe y propone los siguientes criterios básicos para la reglamentación del registro de candidaturas independientes o ciudadanas:
1 Que el registro de candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados federales, se pueda efectuar ya sea por gestión de los partidos políticos nacionales, o de alianzas temporales de ciudadanos integradas específicamente para el caso.
2 Que las alianzas de ciudadanos se constituyan a la manera de las asociaciones civiles y se disuelvan cuando concluya el proceso electoral respectivo.
3 Que en las boletas electorales aparezcan los respectivos emblemas de las alianzas, así como los nombres de sus candidatos cuyo registro proceda.
4 Que una vez que proceda el registro de candidaturas independientes, a las alianzas de ciudadanos correspondientes, se les otorgue tiempo televisivo y radiofónico, en los mismos términos que se reglamente para los partidos políticos.
5 Que en el rubro de financiamiento público, se tome en cuenta a las alianzas ciudadanas que hayan cubierto los requisitos, de manera que para gastos de campaña, se les asigne una cantidad semejante a la destinada para los partidos políticos de nuevo registro.
6 Que entre las prerrogativas de las alianzas ciudadanas se reconozca su derecho a registrar representantes de casilla.
Que a las alianzas de ciudadanos que pretendan registrar candidaturas independientes, se les exija cumplir requisitos como los siguientes:
Para el registro de candidatos independientes a la Presidencia de la República, contar con el respaldo del mismo porcentaje de ciudadanos que con base en el padrón federal electoral, se exija para el registro de los partidos nacionales,
Para el registro de candidatos independientes a senadores, contar con el respaldo de igual porcentaje de ciudadanos, cuya base sea el padrón estatal electoral.
Para el registro de candidatos independientes a diputados federales, contar con el respaldo del mismo porcentaje de ciudadanos, cuya base sea el padrón distrital electoral.
Que tal respaldo se pueda constatar mediante cédulas en cuyo texto se exprese la voluntad libre e individual del ciudadano, las que deberán ser firmadas de manera autógrafa o mediante huella digital, además de acompañarse con copia fotostática de la correspondiente credencial de elector.
Que mediante las alianzas de ciudadanos, los candidatos independientes registren ante el Instituto Federal Electoral, su respectiva plataforma política.
Que a las alianzas de ciudadanos expresamente se les prohíba cualquier tipo de injerencia extranjera y de los ministros de culto religioso, así como la obligación de hacer público el origen de sus recursos materiales y financieros, el que deberá ser fiscalizado por el Instituto Federal Electoral.
Que a los candidatos independientes y alianzas ciudadanas, se les establezca el mismo tope de gastos de campaña que a los candidatos registrados por los partidos políticos.
Los anteriores, pueden ser los caminos prácticos para dar vigencia en México al poder ciudadano.
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