lunes, 22 de julio de 2013

Estay busca reducir pasajes y contaminación emitida por taxis y colectivos

A través de un proyecto de acuerdo, el parlamentario propone reducir la cilindrada mínima de los vehículos, a fin de ahorrar en combustible y favorecer la renovación del parque automotriz.
Araucanía.- Junto a un grupo de parlamentarios gremialistas, el diputado de la Unión Demócrata Independiente (UDI), Enrique Estay, presentó un proyecto de acuerdo a través del cual propone reducir a 1.400 cc la cilindrada mínima para los motores de los vehículos de transporte público de taxis y colectivos. Lo anterior con dos claros propósitos: reducir el costo de los pasajes de la locomoción; y contribuir a la renovación del parque automotriz y, en consecuencia, reducir los niveles de contaminación emitida por los vehículos. Según lo explicó el parlamentario “la ley reglamenta que los servicios nacionales de transporte de pasajeros deberán tener una cilindrada mínima de 1.500 cc. para esta clase de vehículos; sin embargo, si modificamos esta norma, específicamente en lo referido a la cilindrada mínima exigida, significaría un gran ahorro en combustible para sus propietarios, traduciéndose en una tarifa más baja para los usuarios del transporte rural y urbano. “Además – añadió Estay – la reducción de la cilindrada influiría también en una mayor renovación de los automóviles, pues aquellos con motores de 1.400 cc. tienen un precio menor, lo que estimularía la compra de nuevos vehículos”. Y es que para Enrique Estay “una mayor rotación y renovación del parque automotriz de este tipo de automóviles involucraría una importante disminución de la contaminación atmosférica, pues es bien sabido que los vehículos más nuevos cuentan con una mayor tecnología y con motores más amigables con el entorno”. Por lo expuesto, el proyecto de acuerdo en cuestión solicita al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones que disponga en el más breve plazo de todas las medidas administrativas, legales y legislativas con el objeto de modificar el artículo 3 transitorio del Decreto Supremo nº 212 de 1992 de la cartera que encabeza, a fin de reducir a 1.400 cc la cilindrada mínima exigida por dicha norma a los taxis y colectivos de nuestro país.

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