jueves, 18 de diciembre de 2008

SEREMI DE SALUD FISCALIZÓ VENTA DE JUGUETES

Con el propósito de resguardar la salud de los más pequeños en estas fiestas navideñas, la autoridad sanitaria regional fiscalizó la rotulación y expendio de juguetes en la Región.
En cuanto al rotulado de los juguetes, es necesario poner atención a que estos deban contener al menos la siguiente información obligatoria:
* Nombre o razón social y domicilio del productor o responsable de al fabricación o importación del juguete.
* Nombre genérico del producto, cuando este no sea planamente identificable a simple vista por el consumidor.
* País de origen del producto
* Leyenda o símbolo que indique la edad del usuario recomendada por el fabricante.
* La indicación de “advertencia se debe utilizar bajo la vigilancia de un “adulto”, cuando sea necesaria esta supervisión.
Para el Dr. César Torres Alvial, “el objetivo de las fiscalizaciones es resguardar la salud los niños mediante una exigencia exhaustiva de las normas para las venta de juguetes”.
Aquellos juguetes que, debido a sus funciones, dimensiones, características, propiedades u otros motivos, son claramente inadecuados y podrían resultar peligrosos para niños menores de 3 años, deben llevar la indicación siguiente: “ADVERTENCIA, NO APROPIADO PARA NIÑOS MENORES DE 3 AÑOS”.
Los juguetes que contengan partes pequeñas, que puedan ser ingeridas y/o inhaladas por niños menores de 3 años, deben agregar a la advertencia anterior, al indicación: “CONTIENEN APRTES PEQUEÑAS”.
Juguetes sin rotulación
Se deberá actuar de acuerdo a como señala la circular, es decir, retener los juguetes que presentan esta dificultad, clausurando aquellas parte donde se almacenan hasta que se regularice su situación dentro de un plazo prudencial, nosotros estimamos que máximo deberían ser 48 horas. Si no se cumple con lo señalado, se debe proceder a incoar sumario sanitario que corresponda. El plazo podría ser establecido a través de un acta de inspección de manera que se indique en ella el volumen o cantidad de juguetes retenidos y el plazo acordado para dar cumplimiento al rotulado.

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