jueves, 19 de junio de 2008

Condenan a falso abogado

Ronald Bascuñan Villablanca deberá cumplir dos penas de 541 días de presidio por los delitos ejercicio ilegal de la profesión de abogado y falsificación y uso malicioso de instrumento público falso.
Temuco.- Un falso abogado que tramitó causas judiciales ante diversos tribunales de la IX Región, sin tener título profesional, fue condenado por el Tribunal de Garantía de Temuco a dos penas de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor de los delitos de ejercicio ilegal de la profesión y falsificación y uso malicioso de instrumento público falso.
El fallo recayó sobre Ronald Leonardo Bascuñan Villablanca, quien fue enjuiciado conforme a las reglas del procedimiento abreviado, luego de que aceptara expresamente los hechos contenidos en la acusación.
El fiscal Cristian Paredes Valenzuela explicó que entre el 1 de diciembre de 2006 y el 21 de septiembre de 2007 el imputado realizó actuaciones como abogado en tres causas, en las que dedujo querellas y presentó demandas ante juzgados civiles, de policía local e incluso la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, sin tener título profesional, lo que configura el delito de ejercicio ilegal de la profesión.
Además, en el período comprendido entre agosto y septiembre de 2006 Ronald Bascuñan confeccionó un certificado de título supuestamente extendido por el Secretario de la Excma. Corte Suprema, que indicaba como fecha en que había prestado juramento como abogado el 29 de abril de 2003, y lo presentó al renovar su carné de identidad, logrando con esto que se consignase en su actual cédula y en sus antecedentes ante el Registro Civil que detenta tal profesión. Estos hechos configuran los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público falso.
La sentencia, pronunciada por la Juez de Garantía de Temuco, María Elena Llanos Morales, acogió íntegramente las penas solicitadas por el Ministerio Público, 541 días en cada caso, atendida la reiteración de estos hechos, lo que fue valorado por el fiscal Cristian Paredes. “Son hechos particularmente graves porque no solo lesionan la confianza particular, en el caso concreto de quien contrata a una persona como abogado, sino también la base del sistema judicial, ya que el abogado es, de acuerdo a la disposición de la ley, un auxiliar de la administración de justicia. Una persona que trabaja normalmente en tribunales, acude a ellos y simula serlo, por cierto que lesiona también la actividad jurisdiccional”, detalló.
El Tribunal concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena al condenado Ronald Bascuñan Villablanca, quien permaneció en prisión preventiva por esta causa desde el 25 de octubre de 2007 –fecha de su detención- hasta el 17 de diciembre de 2007, y con arresto domiciliario total desde el 18 de diciembre hasta el 14 de abril de 2008.
FISCALÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA

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